La subvención deberá solicitarse desde la fecha de inicio de la actividad que con tal carácter exprese la Tesorería General de la Seguridad Social y los cinco meses naturales siguientes a aquel en que se produce tal inicio.
- Finalidad de la ayuda:
- Ayudas destinadas a fomentar la creación y estabilidad del trabajo autónomo, mediante la incorporación al mercado laboral de personas desempleadas con dificultades de inserción y en concreto las del Programa I: Ayuda al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.